ARTÍCULO 04.03
Uniforme, identificación y equipamiento táctico
Durante el servicio debe utilizarse el uniforme reglamentario del rango activo, sin modificaciones personales.
El uniforme táctico está reservado a oficiales de jerarquía superior o situaciones graves para las que exista autorización. El equipamiento no justifica actuaciones fuera de las funciones asignadas.
Manual oficial · Página 15