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ARTÍCULO 04.03

Uniforme, identificación y equipamiento táctico

Durante el servicio debe utilizarse el uniforme reglamentario del rango activo, sin modificaciones personales.

El uniforme táctico está reservado a oficiales de jerarquía superior o situaciones graves para las que exista autorización. El equipamiento no justifica actuaciones fuera de las funciones asignadas.

Manual oficial · Página 15